2 mayo 2024

Se aprobó la ordenanza que permite el uso de cuatriciclos

En la sesión del Concejo, finalmente se aprobó la ordenanza que había sido presentada por la UCR

En la  sesión del Concejo, finalmente se aprobó la ordenanza que había sido presentada por la UCR, de la mano del concejal Marcelo Berzón, hace ya tres años. Se creará en la ciudad el “Registro Municipal de Vehículos Cuatriciclos”.

Indica que la circulación de vehículos denominados cuatriciclos (QUAD, ATV, UTV o similares) para el tránsito dentro del ejido urbano de Madryn, se regirá de acuerdo a lo establecido en dicha ordenanza y las disposiciones respectivas de la Ley Nacional 24449, previo cumplimiento de los requisitos previstos en el Anexo I de la Resolución 108/03 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería de La Nación.

Además, la ordenanza indica que debe crearse en la ciudad, el “Registro Municipal de Vehículos Cuatriciclos” y que se incluyen tanto los vehículos nuevos como los que ya se encuentran circulando.

Aunque con respecto a dicha diferenciación, indican que los nuevos deberán ser inscriptos por el vendedor previo a la entrega al usuario y para los que están circulando rige un plazo de 60 días a partir de la promulgación de esta ordenanza para dar cumplimiento.

Requisitos para la inscripción en el registro

Los que inscriban a dichos vehículos, deben presentar documentación que acredite la propiedad del bien. Para los vehículos usados, se deberá presentar además certificado de verificación de la Policía de Provincia, y para los que estén inscriptos en otra jurisdicción se les solicitará un libre deuda.

Además, así sean nuevos o usados, deberán tener espejos retrovisores, paragolpes, luces reglamentarias, alta y baja delanteras, luces de posición, balizas intermitentes, luces de giro, luces de freno, luz blanca para la placa de identificación trasera, y bocina reglamentaria.

La ordenanza comprende a vehículos que sean de una cilindrada superior a los 100cc.

Para la circulación

También el Registro Municipal de Cuatriciclos emitirá un par de placas u obleas con el número correspondiente para su identificación. La ordenanza solo habilita a los vehículos a transitar en el ejido urbano, y en aquellas localidades donde se celebren convenios de reciprocidad al respecto.

Existen algunas condiciones para la circulación, como la prohibición de que vayan chicos menores de 10 años, tener todos los papeles incluso la constancia de pago del impuesto municipal, y un carnet de conductor de categorías A-2, B-1 o superiores, no ir con más de dos personas arriba, y solo podrán estacionar (en el radio del estacionamiento medido) en los espacios reservados a motos.

Concejal Marcelo Berzón, UCR