2 mayo 2024

Tragedia de Aluar: El Superior Tribunal de Justicia ratificó la condena del ingeniero Lafogiani

El Superior Tribunal de Justicia ratificó la condena a Leonardo Lafogiani, el ingeniero de la empresa

El Superior Tribunal de Justicia ratificó la condena a Leonardo Lafogiani, el ingeniero de la empresa constructora que en junio de 2007 tenía a su cargo la ampliación del silo de la empresa Aluar, donde murieron once personas.

Los ministros de la Sala en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia, integrada por Alejandro Panizzi, Daniel Rebagliati Russell y José Luis Pasutti, hicieron lugar a lo planteado por la Fiscalía de Puerto Madryn y ratificaron la condena al ingeniero Leonardo Lafogiannis. En su sentencia también rechazaron la presentación realizada por la fiscalía para condenar al empresario Fredy Cadel, propietario de la firma Cadel Construcciones.

Laforgiani fue condenado de «homicidio culposo» por la muerte de once obreros durante la construcción del silo, cuando se derrumbó parte de la estructura que servía de puntal al techo del silo en construcción. También se les imputaron dos hechos de lesiones graves.

Tanto el juez del juicio, como los seis jueces que revisaron la sentencia en las distintas instancias, consideraron que se comprobó con certeza que el ingeniero Lafogiani omitió consignar las especificaciones técnicas que debía tener la soldadura del cajón del silo y ello fue la causa directa y principal del derrumbe.

Asimismo, indicaron que la empresa Aluar no tuvo responsabilidad penal en la tragedia ya que tenía un acuerdo contractual con la firma Cadel Construcciones, que era encargada de la ingeniería de detalle. De esta forma, la empresa de aluminio se deslindó de responsabilidades penales, ya que del contrato surgía que Aluar no verificaba los cálculos.

11 victimas

Por aquel episodio fallecieron en el lugar Wilder Orellana Borda, Braulio Coca Martina, Ariel Antonio Areco, Lucio Buendía Flores, Obdulio Jorge Escobar, Julio Alberto Deslinder, Luciano Mamaní, Agao Mejía Vidal, Fidel Torrico Ferrufino y Osvaldo Surita Montaldo. Varios días después murió Jorge Suárez. Los heridos fueron identificados como Baltazar Ponce Fructuoso y William Méndez Torrico.

Antecedentes judiciales

El 20 de Junio de 2007 se produjo un accidente en el interior de la planta de Aluar cuando se desplomó el techo en un silo de almacenamiento que estaba en construcción, ocasionando la muerte y lesiones de operarios de la empresa Cadel Construcciones. Las distintas pericias concluyeron que el colapso se ocasionó por las fallas en el cálculo estructural y por fallo constructivo.

Durante el juicio, realizado en el año 2009, los ingenieros que estaban a cargo del proyecto, Fredy Omar Cadel y Leonardo Constantino Lafogiani, estuvieron imputados por 11 hechos de homicidio culposo más dos hechos de lesiones graves y el Juez Gustavo Castro condenó a tres años de prisión en suspenso y seis de inhabilitación para ejercer su profesión al ingeniero Lafogiani y absolvió a Fredy Cadel, propietario de la empresa Cadel Construcciones. Castro sentenció que el imputado, “por su especial posición de ingeniero encargado del equipo técnico de la empresa y, consecuentemente, de la dirección del acto profesional, era garante de cumplir y hacer cumplir las pautas concernientes al buen arte de la ingeniería y no lo hizo”.

La Cámara Penal, en segunda instancia, ratificó la responsabilidad penal del acusado y descartó todas las hipótesis defensivas. Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia juzgo que el pronunciamiento de la Cámara en lo Penal fue decisión motivada y correctamente razonada. Por lo tanto, rechazaron la impugnación de los defensores y confirmaron la sentencia al ingeniero Leonardo Lafogiannis.

Legislación

El artículo 84 del Código Penal regula al “homicidio culposo” y castiga al “que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otro la muerte” .

Las cuestiones técnicas del derrumbe del silo

La empresa Cadel Construcciones estaba a cargo de la ejecución de la ingeniería de detalle y construcción de un silo de alúmina en el predio de la empresa Aluar, sito en el Parque Industrial Pesado de esta ciudad, en función de un acuerdo contractual entre ambas empresas.

El día 20 de junio de 2007 personal de Cadel Construcciones se encontraba colocando las losetas del techo del referido silo utilizando un andamio colgante para su montaje. Siendo aproximadamente las 16 horas colapsó la estructura provocando la muerte de once trabajadores que se encontraban en el techo y ocasionó lesiones a otros dos. Dicho colapso sucedió cuando el andamio alcanzó el valor de carga, lo que produjo la fractura de soldaduras de unión de perfiles que conforman el aro y se desprendió el resto del andamio colgante, cayendo el mismo, las losetas del techo y por lo tanto los obreros que se encontraban trabajando allí.

La tragedia se provocó por fallas en el cálculo estructural del andamio colgante en cuanto a la previsión de esfuerzos a los que estaba sometido el citado aro y fallas constructivas en cuanto a inexistencia de especificaciones técnicas para su realización, encontrándose a cargo del proyecto y cálculo del sistema de apuntalamiento el ingeniero Leonardo Lafogiannis, quien obró con impericia en su profesión.

Concretamente no fue especificó la soldadura necesaria entre los perfiles de manera que éstos adquirieran características de una sección compuesta tipo cajón, aumentando de este modo su módulo resistente a flexión y torsión. El cordón de soldadura realizado era  insuficiente para transferir esfuerzos tangenciales necesarios para que se considere al conjunto como una viga cajón. Asimismo no hay especificaciones de los métodos de soldadura, no se especificó tipo y calidad del acero a utilizar en cada elemento estructural, no se detallaron los cordones de soldadura que correspondía realizar. Constatándose que existía una separación excesiva entre cada unión y lo era solo apta para fines de posicionamiento de las piezas y armado de la estructura. También la soldadura de parantes a placa nodal superior del aro inferior se fracturó resultando inadecuada la soldadura, se omitió realizar el tratamiento adecuado para soldar ese tipo de materiales, tampoco se registraron especificaciones técnicas para realizar las soldaduras en la orden de construcción del andamio, ni se verificó técnicamente las cualidades del material de los parantes.