2 mayo 2024

Reclamo Judicial podria dejar de fuera de operatividad el Servicio Publico de Bomberos

En Noviembre del año 2004, el Dr. Enrique Maglione se presenta en carácter de abogado patrocinante, mediante

En Noviembre del año 2004, el Dr. Enrique Maglione se presenta en carácter de abogado patrocinante, mediante poder de fecha 01 de Junio del año 1998, otorgado por Directivos de la Asociación de Bomberos, entre ellos Sr. Fernando Barrientos en carácter de Presidente y la Sra. Nora Mabel Iglesias como Secretaria, en los autos «Passerini, Ricardo Enrique y otra c/ Provincia del Chubut y otros s/ Daños y Perjuicios (Expte. 327/95) Expte. 09/2011) que tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial de los Tribunales locales»,  a fs. 501 del mencionado expediente además de presentarse como apoderado, solicita en forma conjunta con los letrados de todas las partes involucradas en el sumario, suspender los términos en este proceso atento que las partes habían iniciado tratativas extra judiciales a efectos de solucionar la demanda presentada. A lo que hizo lugar el Sr. Juez a fs. 502 del sumario citado, además de tener al Dr. Maglione por presentado en el carácter que invoco, además se le solicito que cumpliera con el Bono del Colegio de Abogados. Así las cosas al parecer dichas tratativas no llegaron a buen puerto, y en fecha 05 de Abril del 2005, el abogado de la Asociación Dr. Maglione cumplimenta con dicho Bono constituyendo nuevo domicilio Legal en la sede de la Asociación, a lo que se le hizo lugar a fs. 511 del expediente.-

El expediente de referencia, se generó por la muerte del entonces Bombero Voluntario Juan Manuel Passerini y de la que resultaban demandadas la Asociación de Bomberos de Puerto Madryn, la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Puerto Madryn. Al momento de formalizar la Provincia acuerdo con los padres del resto de los bomberos fallecidos el 21 de Enero de 1994, Passerini rechazó el referido acuerdo, resolviendo continuar con el juicio. En fecha 13 de Marzo del año 2008 en primera instancia se dictó sentencia, condenando a la Asociación de Bomberos de Puerto Madryn y a la Provincia a pagar por perdida de Chance y Daño Moral la suma $ 150.000 pesos con mas los intereses correspondientes desde el momento del hecho, 21 de Enero de 1994. En cuanto al Municipio local, a este se le hizo lugar la Excepción de Falta de Legitimación Pasiva planteada. Se notificó tal sentencia al entonces apoderado de la Asociación, Dr. Maglione al domicilio de San Martín 697 de esta ciudad y a la Asociación de Bomberos, en la calle 25 de Mayo 130, domicilio de los apoderados anteriores a la presentación de Maglione, siendo los Dres. Lernoud y Gilardino. En virtud de ello, planteamos junto al Abogado que hoy nos patrocina Dr. Carlos Villada, un incidente de nulidad respecto de la notificación realizada a la Asociación de Bomberos, que en la resolución del mencionado Incidente de Nulidad, el Juez es claro, en cuanto a que, el apoderado de la Asociación de Bomberos, Dr. Maglione, en representación de la Asociación acordó con el resto de las partes una prórroga ante la Cámara de Apelaciones, para que la codemandada Provincia de Chubut haga uso de su derecho a expresar agravios, en fecha 24 de Abril del año 2009, lo que implica el conocimiento de la sentencia y la actividad ulterior a la misma, lo que convalida la notificación defectuosa planteada por nuestra Asociación. Llamando poderosamente la atención, además de existir muchisimos interrogantes, ya que un año después acuerda con las partes lo antes relatado y no apelo la mencionada sentencia de primera instancia un año antes, desistiendo de agotar todas las instancias judiciales del proceso. Hecho que si efectivamente realizo la Provincia de Chubut.

Volviendo al expediente, la sentencia mencionada, fue confirmada por la Excma. Cámara de Apelaciones y posteriormente impugnada por la Provincia ante el Superior Tribunal de Justicia,  resolviendo este alto Tribunal hacer lugar al reclamo de la Provincia. En virtud de ello y la inactividad recursiva que suponemos que fue por acción u omisión del apoderado de la Asociación de Bomberos, la única que resulta condenada al pago es la Asociación de Bomberos de Puerto Madryn, lo que vuelvo a reiterar llama poderosamente la atención.-

El día 04 de Marzo del 2011, mediante cédula de notificación, la Asociación que presido, es notificada en sede de la Institución, de una liquidación practicada respecto de la sentencia en cuestión, por una suma que asciende $ 987.270, es decir, un millón de pesos, con más honorarios, siendo esta fecha mencionada el momento en el cual esta Comisión Directiva toma conocimiento de todo lo antes relatado, es de destacar que al momento de asumir la gestión, no existía en las Oficinas de la Administración documental alguna que pudiera haber servido para anoticiarnos de tal situación judicial, como tampoco existió por parte de la Comisión saliente que presidia el Sr. Roberto Dambrosio, comunicación alguna para con esta Comisión al momento de asumir ni posterior, que nos hiciera saber de tal circunstancia, lo que también llama mucho la atención, teniendo en cuenta la importancia de este reclamo Judicial y que afectaba en forma directa a la Asociación de Bomberos.-
En suma estamos ante una situación más que grave, toda vez que, la apelación presentada en el Incidente de Nulidad no nos garantiza que la situación pueda ser revertida, implicando que en un tiempo no muy lejano, la Asociación de Bomberos pueda ser ejecutada para que haga efectivo dicho reclamo, y al no contar con patrimonio para hacerlo, resultemos embargados, lo que implica dejarnos fue de operatividad, y de esta manera poner en riesgo a todos los vecinos de la ciudad, que con muchisimo esfuerzo aportan a través de la tasa de Bomberos su aporte para garantizar la prestación de este servicio publico tan importante para la Seguridad de toda una comunidad.

Por ultimo apelamos a la voluntad, participación y compromiso de todos aquellos actores que deben interesarce a los efectos de poder dar algún tipo de solución, ya que no esta en manos de la Asociación dar respuesta a este reclamo, de lo contrario el servicio indefectiblemente se vera afectado gravemente, con lo que implica que esto llegara a suceder.

Gastón Alcucero

Presidente

Asociación de Bomberos

Puerto Madryn