28 abril 2024

La conciliación como una alternativa de solución a los conflictos judiciales

“La conciliación es una herramienta judicial que brinda una solución acorde al interés del afectado

silvana

 

“La conciliación es una herramienta judicial que brinda una solución acorde al interés del afectado. Es una solución a medida”, explica Silvana Salazar, a cargo del área de Soluciones Alternativas de la Fiscalía de Puerto Madryn, donde más del 65% de los casos se resuelven favorablemente gracias a este método alternativo.
El Código Procesal de Chubut contempla salidas alternas al proceso penal, que “sirven para abordar determinadas conductas con una mirada pacificadora y de autocomposición, de acercar a las partes en conflicto para que puedan resolver las diferencias sin iniciar un procedimiento tan complejo como lo que uno conoce como juicio penal”, explica Silvana Salazar, a cargo del área de Soluciones Alternativas del Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn.
Pero principalmente, destaca la profesional, los mecanismos de solución de conflictos como la conciliación permiten “restaurar” el daño presentado. “El eje fundamental de estos procedimientos es la suma de voluntades de las partes involucradas para solucionar el conflicto. Uno va a fortalecer esos acuerdos que tienen a satisfacer a las partes, logrando soluciones reales. A algunos les sirve un pedido de disculpas, una reparación económica, la realización de labores comunitarias o una donación”.
En Puerto Madryn, un gran porcentaje de los casos se solucionan por esa vía. “De los casos que ingresan a conciliación, aproximadamente el 15% de las causas que ingresan al Ministerio Público Fiscal, en más de un 65 % se logran acuerdos favorables que concluyen con la acción penal. Esto se logran ya sea en causas judicializadas a través de la audiencia de apertura o en causas que no tienen apertura y concluyen a través de un archivo porque las partes lograron acuerdo”.
Al respecto del proceso que se vive al iniciar este medio alternativo, Salazar destacó que la conciliación “está limitada en delitos que no superen la pena de 3 años y que no sean cometidos con grave violencia física. Además, la intervención va a estar dada en casos que tengan una proyección penal: Que haya elementos suficientes para determinar que el delito se cometió y la persona sindicada es el presunto autor”. Esto se debe a que la gran mayoría de los delitos denunciados son los denominados “menores”, como hurtos, lesiones, daños, amenazas; y que se pueden resolver por medios alternativos como conciliación y la reparación.
“Son procedimientos nuevos –destaca Salazar-, uno como ciudadano está muy acostumbrado que otro me resuelva el problema: “Hice la denuncia y ellos me tienen que resolver”. Pero cuando uno puede hacer ver a las partes que tiene un poder en su participación y puede manifestar de qué manera y de qué forma, dentro de parámetros legales, encontramos una respuesta rápida, efectiva y a medida de la víctima”.
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La implementación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos nace originalmente con la idea de brindar a los ciudadanos otras opciones para enmendar el daño causado, es decir que ante un conflicto legal, las personas involucradas pueden decidir si ir a juicio o solucionarlo a través de la vía pacífica como la conciliación.