3 mayo 2024

El municipio deberá reconocer la bandera de la provincia adoptada por ley 5.292 sancionada el 2.005 como símbolo de autonomía provincial

El hecho que otros niveles federativos de gobierno adopten una bandera no implica una confusión. Los integrantes de la “agrupación política peronista Chubut para Todos” manifestaron su agrado a los Ex Convencionales Pascuariello (hijo) y Pamela Idiarte, por introducir el Proyecto de la Bandera en la Carta Magna Municipal, para “que, en algún momento los vecinos deliberen acerca de una simbología municipal que identifique a la ciudad; ya que en estos últimos días en ocasión de bicentenario del izamiento de la bandera nacional, las autoridades municipales trataron el tema. Pascuariello (h) y Pamela Idiarte elaboraron y solicitaron la inclusión del Proyecto de reforma para el artículo Nº1  donde el Municipio deberá reconocer la bandera de la provincia adoptada por la Ley V Nº 101 (antes Ley 5.292) sancionada el año 2.005 como símbolo de autonomía provincial; y en ese marco, se dejo abierta la posibilidad para que las autoridades  municipales y los vecinos de Madryn, cuando lo requieran, adopten una bandera para la ciudad; como lo hizo Comodoro Rivadavia en el año 1999 y lo afirma en el artículo Nº 7 de su Carta Orgánica; y la municipalidad de Rawson. En su momento hubo declaraciones  en contra por parte de la Concejal Marcilla y la Ex secretaria de educación Gladys Ulloa, quienes afirmaban que otra bandera podría confundir a los niños y otros también afirmaban que era innecesario. Esta claro que esto no confunde a nadie; y, por supuesto no es un tema prioritario, pero tampoco se le puede negar la iniciativa a quienes deseen pensar una bandera para la ciudad. La Carta Orgánica actual reconoce como único símbolo de Soberanía Nacional a la Bandera Argentina como lo debe hacer. El hecho que otros niveles federativos de gobierno adopten una bandera no implica una confusión, al contrario, es una buena manera de enseñar las fuertes diferencias que existen al interior de nuestro país. De  enseñar el federalismo (en el marco de la simbología). Si bien cada provincia y municipio tiene su escudo, que puedan tener además bandera (al igual que el Estado Nación) solo implica a poner en un plano de igualdad federal en cuanto a simbologías del país, nada más. No debe verse como algo confuso, manifestaron los ex Convencionales. Además, “una cosa es reconocer como única Bandera la Argentina y otra cosa es reconocerla como único símbolo de Soberanía Nacional. El actual artículo Nº 1 de la Carta Orgánica antes de la reforma reconocía como única bandera a la Argentina suponía  una visión unitaria del país (en cuanto a simbología). Pascuariello e Idiarte vuelven a recalcar que no es un tema prioritario, pero la simbología puede contribuir a reforzar la autonomía, muchos municipios argentinos tienen bandera aparte de los escudos y no han generado confusiones”. En este país surgieron primero las provincias y  mucho tiempo después se consolido el Estado Nacional, sumando que todavía somos un país joven para hablar de identidad propia.  Pero lo que sí es cierto es que la “Nación” generalmente se concentra en los municipios, es el primer nivel de descentralización política con el que nos encontramos primero. El fin de las banderas locales tiene que ver con otras cuestiones, representar un punto en común entre todos. Los recursos con los que cuenta cada municipio; y el articulo propone 3 cosas, la obligatoriedad de usar el escudo municipal para los Documentos oficiales y demás (como se viene haciendo), reconocer la bandera de la provincia y la posibilidad de que cuando la comunidad de Madryn lo crea necesario, se decida por una simbología que la represente