5 mayo 2024

Alpesca: Buzzi y Dufour seran investigados

Lo decidieron las juezas Ivana González y Patricia Asaro. Es en la causa por presunta “administración fraudulenta”

asaro_gonzalez2Presunta administración fraudulenta

Lo decidieron las juezas Ivana González y Patricia Asaro. Es en la causa por presunta “administración fraudulenta” en el otorgamiento de 10 millones a Alpesca. “Los fueros otorgan inmunidad de arresto pero no inmunidad de proceso”, indicaron.
RAWSON. Las juezas Ivana Gonzalez y Patricia Asaro rechazaron el planteo de fueros del Gobernador Martín Buzzi y la ministro de Desarrollo Territorial y Sectores Productivos, Gabriela Dufour, y dispusieron que se realice la audiencia de apertura de investigación.
Ambas juezas, por unanimidad, ratificaron dictamen del magistrado Fabio Monti, quien había indicado que los fueros no impedían que tanto el gobernador Buzzi como la ministro Dufour sean imputados de una presunta “administración fraudulenta” al otorgar un préstamo de 10 millones de pesos a la empresa Alpesca durante la presidencia de Omar Segundo.
La resolución se conoció pasado el mediodía del miércoles y ahora la Oficina Judicial deberá fijar fecha de apertura de investigación para todos los imputados, tal cual lo dispuesto por el juez Fabio Monti.
“Sería avalar la impunidad”
No iniciar el proceso penal basándose en los fueros “seria avalar la impunidad de los individuos investigados, cuestión totalmente vedada en un Estado Constitucional de Derecho, en la que se erige como principio fundamental la igualdad ante la ley” indica la resolución de las juezas. “Para decirlo en términos muy sencillos y a través de ejemplos simples como los utilizados por las partes durante la audiencia: si una persona que ejerce un determinado poder estatal (en el sub lite: gobernador o ministro) resulta sospechado de haber cometido delitos abusando de ese poder y no pudiera ser investigado hasta su desafuero o hasta la conclusión de ese ejercicio de poder, entonces esa persona no sólo gozaría de esta pretendida inmunidad de proceso, sino que gozaría directamente de impunidad, puesto que la más estricta sana crítica indica que tendría la plena libertad y el tiempo (además del poder suficiente) para hacer desaparecer evidencias cargosas, cuando éstas no sean directamente de aquellas que el propio paso del tiempo degrade. Claramente, esa posibilidad, se encuentra expresamente vedada por nuestras Constituciones y también por las leyes de aplicación”, afirma la jueza Ivana González en su voto.
“Siguiendo tales parámetros y volviendo a nuestro ejemplo sencillo –continúa la magistrado-, resulta de toda evidencia que cualquier interpretación que postule la impunidad lisa y llana de cualquier ciudadano, lejos está de responder a una interpretación que amplíe el ejercicio de facultades y derechos de los seres humanos frente al poder estatal sino que, contrariamente, bien puede decirse que los anula por completo”. La jueza Patricia Asaro, en una parte de su voto, coincide con su par en cuanto no dictar la apertura de investigación sería “avalar la impunidad”. “Darle una interpretación contraria, seria avalar la impunidad de los individuos investigados, cuestión totalmente vedada en un Estado Constitucional de Derecho, en la que se erige como principio fundamental la igualdad ante la ley”, indica Asaro.
Fueros
Las juezas afirman que los fueros son para “inmunidad de arresto” pero no para “inmunidad de proceso”. “En efecto, la interpretación que el juez natural efectúa es aquella que surge sin demasiada resistencia intelectual de la propia letra de las Constituciones Nacional y Provincial, como así también de las leyes de fueros nacional y provincial, y aún, de nuestro novel digesto adjetivo”. Además, explicaron que “(…) cuando se abra causa penal contra cualquier persona que posea fueros, el tribunal competente seguirá adelante con el procedimiento judicial hasta su total conclusión, y que en el caso de dictarse alguna medida que vulnera la inmunidad de arresto, la misma no se hará efectiva hasta que se produzca el desafuero”.
Buzzi y Dufour pueden no asistir a la audiencia de apertura de investigación
“La resolución del Dr. Monti ha sido sumamente clara, aun en los aspectos procesales. Ha establecido el derecho que asiste al Sr. Gobernador y a la Sra. Ministro, de concurrir a la audiencia de apertura de investigación, a fin de otorgarles la posibilidad de ejercicio de defensa técnica y material. También ha cumplido con el recaudo de establecer en base a lo normado por el artículo 216 del CPP, que ante su incomparecencia no se podrá ordenar su compulsa la que implicaría un acto restrictivo de su libertad. Ello en virtud del resguardo de la prerrogativa que los ampara. En base a lo expuesto, la resolución atacada, ha delimitado prístinamente el alcance de la no comparecencia de los Funcionarios señalados, justamente tomando en cuenta el objeto y fin de los fueros que los amparan en cuanto a que vedan el sometimiento a arresto o prisión, mientras el Funcionario se encuentre en ejercicio de sus funciones”, explicó la doctora Asaro en la resolución.
Funcionarios imputados por “administración fraudulenta”
La fiscalía pretende investigar una presunta “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública” en el otorgamiento de un préstamo de 10 millones de pesos, por intermedio de Corfo, a la pesquera Alpesca durante la presidencia de Omar Segundo. Además de Buzzi y Dufour, están involucrados el ex ministro Coordinador Carlos Tomás Eliceche; el ex ministro de Agricultura, Ganadería, Pesca y Bosques,  Pedro Zudaire; la ingeniera Claudia Mundet, gerente general de Corfo y los directores Gustavo Simón, Diego Hernández, Ernesto Siguero, Enzo Omar Romero Belastin.