18 abril 2024

Recuerdan la prohibición de la circulación de vehículos con escapes libres, modificados o removidos

La normativa alcanza también a aquellos con modificación en su instalación eléctrica para producir ruidos mediante cortes en el sistema de encendido. La Ordenanza Nº 11.659, está en vigencia desde el 31 de diciembre de 2020

La Municipalidad de Puerto Madryn recuerda que está prohibida la circulación de ciclomotores, motocicletas, automóviles, camionetas y vehículos de gran porte con escapes libres, modificados o removidos o con modificación en su instalación eléctrica para producir ruidos mediante cortes del sistema de encendido. Así consta en la Ordenanza Nº 11.659, aprobada en el año 2020 por el Concejo Deliberante de la ciudad.

La normativa dispone el retiro de la vía pública de todo ciclomotor, motocicleta, automóvil, camioneta o vehículo de gran porte que no cumpla con la presente normativa. Así, el que sea infraccionado y retenido por la autoridad competente debe cumplimentar los siguientes requisitos para su retiro: haber abonado la infracción, más los cargos generados por el acarreo y guarda al tiempo que debe ser retirado por el titular del vehículo con la documentación que lo acredite.

En el caso de la retención de motocicletas o ciclomotores, el titular tiene la opción de acercarse al lugar de guarda del vehículo (dentro de las 72 horas), con el repuesto homologado y cambiarlo en el momento, dejando el modificado al personal municipal. En caso de proceder de tal manera, estará exceptuado del pago de la multa correspondiente así como del pago del acarreo.

En el caso de retención de automotores, se realiza un peritaje por parte del personal municipal en un plazo de 24 horas para identificar los repuestos no originales instalados. Posteriormente, el titular tiene un plazo de 15 días desde el acta de notificación para retirar y restablecer el vehículo al estado original. Esto se deberá acreditar ante la autoridad de contralor dentro del plazo establecido. De este modo, estará exceptuado del pago de la multa además del pago correspondiente al acarreo.

Otro aspecto a destacar es que la Ordenanza prohíbe en todo el ejido de la Municipalidad de Puerto Madryn la comercialización de elementos y equipamiento que modifiquen las condiciones originales de los caños de escape de los vehículos.