29 marzo 2024

¿POR QUÉ NO SE CUMPLE  EL Art. 7, DE LA LEY X N° 3?

 

Dicha norma establece que se debe exhibir en los establecimientos sanitarios,  en lugares bien visible al público, un cartel que indique el nombre de los profesionales que prestan servicios, especialidad a la que pertenecen y horarios en los cuales desarrollan sus actividades.

Obviamente, esta norma está destinada para que sea  más transparente el funcionamiento de dichas instituciones.

En ningún establecimiento  público asistencial de la provincia se cumple con dicha norma. Esta ilegalidad la hemos denunciado, a través de la Fundación  FUSSO,  en reiteradas oportunidades, primero lo hicimos ante las autoridades sanitarias, en sus distintos niveles jerárquicos y luego ante el mismo gobernador, Mario Das Neves.

Es el mandamiento de una Ley y por lo tanto debe ser cumplida. Es así de simple. Entonces ¿Por qué, esta resistencia?.

Consideramos que el cálculo que hacen los gobernantes, es que si se exhibieran los horarios de los profesionales, a éstos les resultaría difícil eludir su responsabilidad contractual y por ello se caería el ACUERDO TÁCITO EXISTENTE,  por el cual deben guardar silencio  ante la opinión pública y ante sus pacientes perjudicados por el déficit persistente  de insumos, medicamentos, reactivos, estudios complementarios imprescindibles, etc.  y a cambio reciben favores en sus actividades laborales con un horario flexible y acotado.

La prueba de que existe un acuerdo implícito, la da el hecho de que los  profesionales, con el respaldo y autoridad que le da su profesión, nunca advierten en forma mayoritaria ante la sociedad, las consecuencias graves, que ellos más que nadie conocen, que están provocando en los usuarios del hospital público las deficiencias descriptas,

Dr. Fernando Urbano. Presidente. Fundación FUSSO.