29 marzo 2024

«¡¿Por qué no publican la cara?!»

La pregunta es una de las más comunes en los comentarios cuando hoy una foto de detenido/imputado.

Una de las razones es el principio de inocencia. Y otra está vinculada al proceso penal: a veces el fiscal necesita realizar una rueda de reconocimiento de personas con la víctima o testigos, para que sirva como prueba en el caso judicial.

Si la cara fue publicitada, la defensa puede alegar que lo reconocieron por dichas imágenes y no precisamente por ser quien cometió el delito. Y pueden pedir la nulidad de dicha prueba.

«Por tales motivos aunque las personas pidan que se revelen los rostros, se lleva a cabo esta práctica, para apegarse al principio de inocencia y no afectar una posible investigación del caso. Si no se tapa el rostro del detenido y este es publicado, el abogado defensor de esta persona puede alegar que lo reconocieron por dichas imágenes y no precisamente por haber sido quien cometió el delito, lo cual anularía el reconocimiento», explicaron desde el Ministerio.