28 marzo 2024

La UCR profundiza búsqueda de información sobre compras de tierras en Península Valdés

El bloque de diputados de la Unión Cívica Radical concretó la presentación de un proyecto de declaración para que la

El bloque de diputados de la Unión Cívica Radical concretó la presentación de un proyecto de declaración para que la Legislatura del Chubut se sume al reclamo para una pronta sanción en el Congreso Nacional de un proyecto de ley que establezca restricciones y limites a la adquisición del dominio de inmuebles rurales.

La iniciativa apunta a que sea prohibida y de nulidad absoluta la adquisición de inmuebles rurales por personas extranjeras, físicas no residentes o jurídicas no autorizadas para funcionar en el país”.

Un artículo incluye dentro de las restricciones y limitaciones del proyecto a “las personas físicas extranjeras residentes en el país; las personas jurídicas extranjeras autorizadas a funcionar en la República Argentina, y las personas jurídicas argentinas de la cual participen, a cualquier título, personas extranjeras físicas o jurídicas que tengan, en forma individual o en su conjunto, mayoría del capital social y/o de votos, y/o residan o tengan su sede en el exterior”.

En Península Valdés

El diputado Carlos Lorenzo actualizó recientemente esta temática a partir de que “desde hace un tiempo –según contó- venimos recibiendo datos que hay extranjeros comprando tierras en Península Valdés”.

Anticipó al respecto la realización de reuniones para recabar mayor información y de presentaciones ante el Registro de la Propiedad “para determinar quiénes están detrás de estas adquisiciones, efectuadas por intermedio de sociedades anónimas detrás de las cuales están los extranjeros para engañar la legislación vigente”.

La Península Valdés, área natural única declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO,  “está ubicada en una zona denominada de Seguridad de Frontera, al igual que el resto del litoral atlántico. Igual ocurre con la zona lindera con la frontera con Chile”, recordó el legislador.

“La ley nacional dice que es bueno que las tierras en zonas de seguridad de frontera, por una razón geopolítica, estén en manos de argentinos. Esto no quita que extranjeros puedan tenerlas en esta zona. Lo que implica es que Argentina está carente de una reglamentación que determine claramente en qué condiciones se puede hacer”, comentó luego.

Facilidades

“Aquí hay ciertas facilidades”, agregó Lorenzo con respecto a las tierras de Península Valdés. “Incluso en este caso en particular estamos notando que determinados trámites (como en estos casos se hace en escribanías de Buenos Aires) parece ignorarse la Dirección Nacional de Seguridad de Fronteras en la autorización para justificar las compras”, añadió.

Al respecto reivindicó la importancia del proyecto de ley reiterado por la Federación Agraria Argentina para determinar restricciones y limites a la adquisición del dominio de inmuebles rurales.

Características

El proyecto consta de 17 artículos agrupados en cuatro títulos denominados: Inmuebles comprendidos. Concepto; Condiciones y requisitos personales y societarios; Autoridad de aplicación. Régimen sancionatorio y Registro Nacional de Productores Agropecuarios y Propietarios de Inmuebles.

El proyecto se presentó, por primera vez, en agosto de 2002 con el  objeto de “corregir los defectos de la estructura agraria representados por la presencia de acumulación de tierras por grandes grupos económicos, la venta a titulo especulativo de ellas y la exclusión de miles de productores agropecuarios”.

“En la década neoliberal de los 90, comienza un periodo de extranjerización de la economía que prosigue aun en nuestros días. La industria, la producción y la tierra, son adquiridas y concentradas por grandes grupos económicos mayoritariamente extranjeros. La tierra comienza a ser adquirida por grandes grupos económicos que, escondidos tras sociedades por acciones, no permiten el conocimiento acabado de quienes son los verdaderos dueños de la tierra”, indicó la Federación Agraria Argentina en su presentación.

Antecedentes

“No existe en nuestro país una ley que establezca restricciones y límites a la adquisición de dominio por extranjero, ni políticas activas hacia esa problemática. Solo instrumentos como el Decreto Ley 15585/1944 de creación de zonas de fronteras, ratificada por ley 12.913 y ley18.575, de promoción para zonas de fronteras y ley 21.900 establecen algunos limites respecto del asentamiento de extranjeros en zonas de fronteras o de seguridad nacional”, se recordó.

El proyecto intenta establecer una herramienta jurídica, que permita mediante esos limites y restricciones, nominatividad de las acciones y creación de un Registro nacional de propietarios de inmuebles rurales y productores agropecuarios, que facilite al Estado Nacional, la adopción de políticas activas, que ponga a la tierra dentro de un marco de producción legitima y de resguardo de los recurso naturales.

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