20 abril 2024

El SOMU acordó paritarias con la FENA

El Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), que conduce Raúl Durdos, alcanzó un acuerdo de recomposición salarial con la Federación de Empresas Navieras Argentinas (FENA) para el período que va del 19 de abril del 2019 al 31 de marzo de 2020. Desde el gremio destacaron que se llegó al compromiso paritario “otra vez sin acceder a la baja ni resignar ningún punto del convenio, como exigían el gobierno y la parte empresaria”. Además se logró un reajuste del 2,5% correspondiente al período 2018-2019, cerrándolo con un 40% de aumento.

La recomposición para el ciclo 2019-2020 estará dividida en tres cuatrimestres, de los cuales el primero tendrá un aumento del 12%, mientras que el segundo estará atado al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, y se reunirán ambas partes en diciembre para acordar el aumento del período restante.

“Hemos logrado este acuerdo con toda la voluntad de defender el bolsillo de nuestros representados sin entregar conquistas, y bajo ese mandato nos reuniremos a fin de año para cerrar un ciclo paritario justo para todos los compañeros”, sostuvieron en conjunto Raúl Durdos y Daniel Mereles, Secretario Adjunto, y Gerónimo Molina, Secretario de Relaciones Laborales del gremio.

De esta manera habrá un incremento salarial del 12% correspondiente al cuatrimestre del 12 de abril al 31 al julio de 2019. El retroactivo correspondiente a los meses de abril, mayo, junio y proporcional del Sueldo Anual Complementario (SAC) se abonará en una cuota el 15 de julio de 2019

Respecto al cuatrimestre comprendido del 12 de agosto al 30 de noviembre de 2019 se irá aplicando un incremento mensual equivalente al 70% del valor del IPC del INDEC correspondiente al mes anterior devengado, que se aplicará sobre los salarios básicos de convenio vigentes en el mes precedente.

Si la inflación que publica el INDEC entre el período del 1º de agosto al 30 de noviembre de 2019 supera el porcentaje del incremento salarial otorgado para el mismo periodo, la parte empresaria deberá abonar la diferencia conjuntamente con el salario del mes de diciembre de 2019. En cambio, si la evolución del IPC es inferior al porcentaje de incremento salarial, el excedente quedará a cuenta del cuatrimestre que comienza el 12 de diciembre de 2019 al 31 de marzo de 2020.

El acuerdo contempla asimismo un reajuste del 2,5% para el período anterior (2018/2019), correspondiente a los salarios del 31 de marzo de 2018, cerrando el ciclo con un 40% de recomposición. El pago del retroactivo del reajuste mencionado correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo de 2019 será abonado en 2 cuotas: la primera con el salario de junio y la segunda restante el 15 de julio. A su vez se hizo efectivo el reajuste del 1% a partir del 31 de marzo del 2019 a cuenta de futuros aumentos, el cual luego es absorbido por la paritaria de este año en curso.

Por último las partes se comprometen a partir del 12 de diciembre del 2019 a reunirse para acordar la recomposición salarial correspondiente al periodo que va del 12 de diciembre de 2019 al 31 de marzo de 2020.