25 abril 2024

Alejandro Pagani  Intendente , Xenia Gabella Viceintendencia y Cándido Sayhueque Concejal

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Fue en virtud de la Resolución N° 1036/14 del 22 de octubre dictada por el DEM en la cual se establece que Alejandro Pagani asume como Intendente, sujeto al regreso del titular del Departamento Ejecutivo, Ricardo Sastre

Hoy se realizó la asunción, como Viceintendenta de la ciudad y Presidenta del Concejo Deliberante, de Xenia Gabella. Como edil en su banca asumió Cándido Sayhueque por el PJ, ya que Pablo García, quien seguía en la lista de concejales, se encuentra desarrollando tareas a cargo del área de Gobierno del Municipio.
El acto se desarrolló en el Palacio Legislativo ante la presencia Alejandro Pagani, además de todos los ediles de los bloques, familiares y funcionarios del Departamento Ejecutivo.
Hay que señalar que la asunción de Gabella se dio en virtud de la Resolución N° 1036/14 del 22 de octubre dictada por el Departamento Ejecutivo Municipal, en la cual se establece en el artículo primero que, conforme a lo establecido en el Artículo 132 de la Carta Orgánica Municipal, asume como Intendente Alejandro Pagani a partir de esa fecha.

En dicha resolución también se dispone la asunción como Viceintendenta de la Sra. Xenia Gabella y se notifica al Concejo Deliberante de proceder.
En el acto, en primer lugar, se da lectura a la Resolución 038-P-PCD/14 y se procede al segundo punto del Orden del Día, a través del cual el Intendente Alejandro Pagani toma juramento a Gabella, quien jura ante la comunidad de Puerto Madryn y por su familia.
Acto seguido la señora Viceintendenta tomó juramento a Cándido Sayhueque como concejal de la ciudad.

RESOLUCIÓN 1036/14

Visto la COM, la ausencia por enfermedad del Sr. Intendente Municipal Ricardo Daniel Sastre, el Expediente 122/14, la Resolución 990/14 I, la Nota 925947 y considerando que el Artículo 132 de la Carta Orgánica determina y legisla sobre la situación y reemplazo del funcionario electo, en la persona del Viceintendente hasta tanto se reintegre el titular del Departamento Ejecutivo Municipal y otros considerando, se resuelve lo siguiente.
Que Alejandro Pagani asuma como Intendente a partir del día de la fecha (22 de octubre, cuando fue redactada la Resolución) hasta tanto se reintegre a sus funciones el titular del DEM.

ASESORÍA LEGAL

El titular de la Asesoría Legal del Municipio, Dardo Petroli, expresó mediante una nota, las aclaraciones correspondientes en base a la cantidad de consultas recibidas sobre la licencia del titular del Ejecutivo, Ricardo Sastre, y las asunciones tanto de Alejandro Pagani como Intendente, como así también de Xenia Gabella en el cargo de Viceintendenta.
La nota dice que “en relación a las consultas respecto de la situación planteada por la licencia temporaria del titular del Departamento Ejecutivo Municipal por razones de salud, considero lo siguiente: El Art. 132 establece ‘El/la Intendente/a es reemplazado/a durante su ausencia, por licencia, enfermedad, renuncia, muerte o destitución, por el/la Viceintendente/a. En caso que éste/a último/a asuma definitivamente el cargo de Intendente/a, es reemplazado en su función de Viceintendente/a por el/la primer Concejal/a de la lista del partido al que pertenezca la fórmula del/la Intendente/a y el/la Viceintendente/a'».
Por tal artículo, la Carta Magna Local, establece el reemplazo del Sr. Intendente por el Viceintendente en casos de licencia por enfermedad.
Si bien el citado Artículo 132 prescribe el reemplazo del concejal que ocupa el cargo de Viceintendente, sólo cuando es definitiva la ausencia, pero el Reglamento Interno del Concejo Deliberante (T.O. por Resolución Nº 070-CD/07) determina en sus Artículos 24 y 28 que producida la vacante de un concejal por licencia mayor de quince (15) días se incorpora el suplente.
Teniendo en cuenta que una concejal va a reemplazar en forma temporaria al Viceintendente, se dan los supuestos de la normativa citada y corresponde pasado los quince (15) días que asuma el suplente.
Atento que la edil no ha jurado como Viceintendente, sí como Concejal, debería jurar al asumir temporariamente dicho cargo.
Una vez que cesen las causales que dieron origen a la licencia del viceintendente, reasumirá este sus funciones y el concejal retomará las suyas. No estaría contemplado el caso de Sánchez Galindo con su licencia por maternidad, por ejemplo.
Se aplica el reglamento interno del Concejo Deliberante, toda vez que el artículo 132 no contempla todas las opciones, por ejemplo la licencia temporaria por cuestiones de enfermedad y solo contempla el caso en que el viceintendente asuma definitivamente. En ese marco interpretativo empieza a tallar y a interpretarse armónicamente lo dispuesto por los artículos 6, 24 y cc del reglamente interno del Concejo Deliberante (T. O. Resolución 20 – CD/01 TEXTO ORDENADO POR RESOLUCIÓN Nº 070-CD/07.

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Pagani se retiró raudamente evitando el contacto con la prensa
Pagani se retiró raudamente evitando el contacto con la prensa